Commons:Obras derivadas

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Muchas obras creativas son obras derivadas de algo más, que merecen sus propios derechos de autor. Una obra derivada es aquella que no está solamente basada en una obra anterior, sino que también contiene suficiente contenido nuevo y creativo para merecer sus propios derechos de autor. Sin embargo, si la obra subyacente todavía está protegida por derechos de autor, el titular original de los derechos de autor también debe otorgar licencia sobre la obra subyacente para su reutilización. En otras palabras, no se considera obra derivada a la que simplemente está «basada en otra», sino a la que añada una cantidad significativa de creatividad adicional en su producción: todas las obras posteriores que se basen en otras obras anteriores pero que carezcan de contenido creativo nuevo sustancial, se consideran simplemente copias de esa obra y no merecen una nueva protección de derechos de autor ni deben denominarse «obras derivadas», ya que esto tiene un significado muy específico en la ley de derechos de autor.

En cualquier caso, a menos que la obra subyacente esté en el dominio público o haya evidencia de que ha sido autorizada libremente para su reutilización (por ejemplo, bajo una apropiada licencia Creative Commons), el creador original tiene que autorizar la copia u obra derivada explícitamente antes de poder ser subida a Commons.

En resumen: no puedes copiar la obra creativa con derechos de autor de otra persona y subirla en Commons bajo una nueva licencia libre porque esa obra es una copia sin nuevo contenido creativo; del mismo modo que no se puede hacer una versión cinematográfica de un libro que acabas de leer sin el permiso del autor, incluso si añades material nuevo creativo y sustancial a la historia, porque la película requiere el permiso del autor del libro original. Sin embargo, si se obtuvo dicho permiso, la película se consideraría probablemente una obra derivada con derecho a su propia protección de derechos de autor. «Derivada», en este sentido, no significa simplemente «obtenido de», sino "obtenido de, e incluyendo un contenido nuevo y creativo que merece derechos de autor propios".

¿Qué es una obra derivada?

Esta fotografía de la Venus de Milo es una obra derivada (la estatua se considera la obra subyacente/original): se sabe que el artista murió hace más de 100 años, por lo que la estatua es de dominio público. Aquí no hay problemas de derechos de autor, siempre que el autor de la fotografía (que es la obra derivada) libere los derechos de autor bajo una licencia adecuada.

Las obras derivadas, de acuerdo a la Ley de los Derechos de Autor de Estados Unidos de 1976, sección 101, se definen como sigue:[1]

«Una "obra derivada" es una obra basada en una o más obras preexistentes, como una traducción, un arreglo musical, una dramatización, una ficcionalización, una versión cinematográfica, una grabación sonora, una reproducción artística, un resumen, una condensación o cualquier otra forma en que una obra puede ser modificada, transformada o adaptada. Una obra que consiste en revisiones editoriales, anotaciones, elaboraciones u otras modificaciones que, como un todo, representen una obra original de autoría, es una "obra derivada"».

En resumen, todas las transferencias de una obra creativa protegida por derechos de autor a un nuevo medio (por ejemplo, de un libro a una película), así como todas las demás modificaciones de una obra cuyo resultado sea una obra nueva y creativamente original (por ejemplo, de una obra de Shakespeare a una interpretación moderna de una obra de Shakespeare con nuevas palabras o personajes) se consideran obras derivadas con derechos de autor nuevos y propios. ¿Quién puede crear tales obras? Según la Ley de los Derechos de Autor de Estados Unidos de 1976, sección 106:

«El propietario de los derechos de autor bajo este título tiene los derechos exclusivos para hacer y autorizar cualquiera de las siguientes cosas: (...) (2) preparar obras derivadas basadas en ea obra protegida por derechos de autor».

A diferencia de una copia exacta o una variación menor de una obra (por ejemplo, el mismo libro con un título diferente), que se consideraría una mera copia y no daría lugar a un nuevo derecho de autor, una obra derivada crea un nuevo derecho de autor sobre todos los aspectos originales de la nueva versión. Así, por ejemplo, el creador de El Hobbit anotado posee derechos de autor sobre todas las notas y comentarios que escribió, pero no sobre el texto original de El Hobbit, que también está incluido en el libro, cuyos derechos de autor pertenecen a Tolkien Estate. Los derechos de autor originales de Tolkien Estate aún se mantienen, y luego las anotaciones también adquieren un derecho de autor nuevo e independiente. Asimismo, la corporación que posee los derechos de autor de Darth Vader (es decir, Walt Disney) tiene el derecho exclusivo de crear o autorizar cualquier obra derivada de ese personaje, incluidas fotografías o dibujos de él que lo retraten de maneras novedosas y creativas, ya que (como lo expresan las decisiones judiciales) eso es un aspecto de la obra del titular de los derechos de autor que tal vez quiera explotar comercialmente. De la misma manera, cualquiera puede hacer una película basada en La Biblia, y puede hacer su propia película llamada «Los Diez Mandamientos» basada en el capítulo bíblico Éxodo, pero no puede hacer una nueva versión de la película de 1956, "Los diez mandamientos", incluso con aportes creativos nuevos y sustanciales, sin obtener permiso de Paramount Pictures (el titular de los derechos de autor).

Si tomo una foto de un objeto con mi cámara, tengo los derechos de autor de la foto. ¿No puedo licenciarlo de la forma que me parezca? ¿Por qué tengo que preocuparme por otros titulares de derechos de autor?

Siguiendo con el ejemplo del personaje de dibujos animados (con derechos de autor) en una camiseta como tema central, la persona que hace la fotografía crea una nueva obra con sus propios derechos de autor, pero los derechos del creador del personaje de dibujos animados mantiene sus derechos, por lo tanto esto afecta la fotografía resultante y no podría publicarse sin el consentimiento de ambos titulares de dichos derechos: el fotógrafo y el dibujante.

No importa si alguien crea un dibujo de la imagen de un personaje con derechos de autor sin ninguna otra referencia que no sea su propia memoria. Una obra protegida por derechos de autor, o sea «no libre», no se puede liberar sin el consentimiento del titular de estos derechos, ni como fotografía, dibujo, o escultura (véase también Commons:Libertad de panorama).

Los lugares como los parques temáticos generalmente permiten la fotografía y, a veces, incluso la alientan, aunque es casi seguro que en las fotografías de los visitantes se incluyan obras de arte con derechos de autor. Sin embargo, dichas políticas no significan automáticamente que tales fotos se puedan distribuir bajo una dedicación de dominio público o una licencia de contenido libre; por ejemplo, la intención de un lugar que permita la fotografía puede ser facilitar la fotografía para uso personal y/o no comercial en sitios de redes sociales (véase esta discusión). Además, el concepto legal de de minimis puede aplicarse en tal escenario: si el elemento principal de tu fotografía en el parque temático es una niña comiendo un helado pero se puede ver a alguien con un disfraz de Mickey Mouse al fondo, esto no se considera una infracción ni un obra derivada, siempre y cuando quede claro en la fotografía que estás interesado en la niña y el helado, en lugar del gran ratón, e incluso puedes usar esa imagen comercialmente (aunque debes estar seguro de que Mickey realmente es «de minimis» y su presencia no debe hacer que esa imagen sea más útil, más interesante o más comercial de lo que sería sin él).

Si tomo una fotografía de un niño que sostiene un juguete de peluche de Winnie the Pooh, ¿Disney posee los derechos de autor de la foto ya que es propietario del diseño de Pooh?

No. Disney no posee los derechos de autor de la fotografía. Es importante tener en cuenta y distinguir que hay dos derechos de autor involucrados: el del fotógrafo, aplicable a la foto en sí, y el de Disney, aplicable al juguete. Pregúntate: ¿Se puede utilizar la foto como ilustración de «Winnie the Pooh»? ¿Estoy tratando de eludir las restricciones de las imágenes bidimensionales de Pooh usando una fotografía de un juguete? Si es así, entonces no está permitido.

Ten en cuenta, sin embargo, que la estrategia de protección de Disney se basa tanto en el derecho de autor (propiedad artística) como en la marca registrada (extendida para proteger un diseño). El análisis jurídico real sería más sutil en ese caso. Si bien Disney no posee derechos de autor sobre la foto, puede haber una infracción de los derechos de autor de Disney sobre Pooh en virtud de la copia a través de la fotografía. Dado que se considera que prácticamente todas las fotografías implican al menos un mínimo de creatividad por parte del fotógrafo, es posible que hayas creado una obra derivada sin permiso.

¿Todo tiene derechos de autor? ¿Qué pasa con los autos? ¿O sillas de cocina? ¿La caja de mi computadora?

Shortcut

No. Existen disposiciones especiales en la ley de derechos de autor de los Estados Unidos para eximir en gran medida los artículos utilitarios de la protección de derechos de autor:

La segunda parte de la enmienda establece que

«el diseño de un artículo útil [...] se considerará una obra pictórica, gráfica o escultórica solo si, y solo en la medida en que dicho diseño incorpore características pictóricas, gráficas o escultóricas que puedan identificarse por separado, y son capaces de existir independientemente de los aspectos utilitarios del artículo».

Un «artículo útil» se define como «un artículo que tiene una función utilitaria intrínseca que no es simplemente retratar la apariencia del artículo o transmitir información». Esta parte de la enmienda es una adaptación del lenguaje agregado al Reglamento de la Oficina de Derechos de Autor a mediados de la década de 1950 en un esfuerzo por implementar la decisión de la Corte Suprema en el caso Mazer.

Al adoptar este texto rectificativo, el Comité busca trazar una línea lo más clara posible entre las obras de arte aplicadas con derechos de autor y las obras de diseño industrial sin derechos de autor. Una pintura, un dibujo o un trabajo gráfico bidimensional todavía puede identificarse como tal cuando se imprime o se aplica a artículos utilitarios como telas textiles, papel tapiz, contenedores y similares. Lo mismo es cierto cuando una estatua o tallado se usa para embellecer un producto industrial o, como en el caso de Mazer, se incorpora a un producto sin perder su capacidad de existir independientemente como una obra de arte. Por otro lado, aunque la forma de un producto industrial puede ser estéticamente satisfactoria y valiosa, la intención del Comité no es ofrecerle protección de derechos de autor bajo el proyecto de ley. A menos que la forma de un automóvil, avión, vestido de mujer, procesador de alimentos, televisor o cualquier otro producto industrial contenga algún elemento que, física o conceptualmente, pueda identificarse como separable de los aspectos utilitarios de ese artículo, el diseño no estaría protegido por derechos de autor.

La prueba de separabilidad e independencia de «los aspectos utilitarios del artículo» no depende de la naturaleza del diseño, es decir, incluso si la apariencia de un artículo está determinada por consideraciones estéticas (en oposición a las funcionales), solo elementos, en su caso, que se pueden identificar por separado del artículo útil como tal, tienen derechos de autor. E incluso, si el diseño tridimensional contiene algún elemento de este tipo (por ejemplo, una tallado en el respaldo de una silla o un diseño de relieve floral en cubiertos de plata), la protección de los derechos de autor se extenderá solo a ese elemento y no cubriría la configuración general del artículo utilitario como tal.

De la Facultad de Derecho de la Universidad Cornell notes on US Code 17 § 102 (en inglés);

contenido tomado principalmente de un trabajo del gobierno de Estados Unidos

Ten en cuenta que, si bien el comentario anterior aparentemente fue escrito mientras parte del texto era una enmienda que no se había promulgado en ese momento, se promulgó posteriormente y se puede encontrar en 17 USC 101.

Las esculturas, pinturas, figuras de acción y (en muchos casos) juguetes y modelos no tienen aspectos utilitarios y, por lo tanto, en Estados Unidos (donde se aloja Commons), tales objetos generalmente se consideran protegidos como obras de arte con derechos de autor. Un avión de juguete, por ejemplo, está destinado principalmente a retratar la apariencia de un avión de una manera similar a la de una pintura de un avión.[2] Por otro lado, los despertadores comunes, los platos, las consolas de videojuegos —así como los aviones reales a gran escala—, generalmente no están protegidos por derechos de autor... aunque cualquier diseño pintado en el plato probablemente estaría sujeto a protección de derechos de autor, al igual que lo estaría un despertador con la forma del perro Snoopy.

Es posible que los objetos utilitarios tengan aspectos sujetos a derechos de autor, pero en la legislación estadounidense no existe una línea clara entre las obras que están sujetas a derechos de autor y los objetos que no lo son.[3] Un libro blanco sobre derechos de autor e impresión 3D mencionaba varias sentencias de los tribunales de los Estados Unidos sobre si un objeto funcional tenía elementos artísticos que eran «física o conceptualmente» separables de los aspectos funcionales del objeto y, por lo tanto, sujetos a derechos de autor. El libro blanco sugirió una consideración para determinar si elementos específicos de un objeto utilitario están sujetos a derechos de autor según la ley estadounidense: si un objeto tiene elementos no funcionales, entonces es más probable que esos elementos estén protegidos por derechos de autor si el diseño de los elementos no estuvo influenciado por presiones utilitarias.[4]

Diferentes países pueden tener diferentes definiciones: la ley alemana tiene un término llamado Schöpfungshöhe, el cual es el umbral de la originalidad requerido para la protección de los derechos de autor. En la gran mayoría de las jurisdicciones nacionales, el nivel de originalidad requerido para la protección de los derechos de autor de las obras de artes aplicadas no difiere del nivel de las bellas artes.[5] Es mayor en Alemania, Italia, Japón, Rusia, Eslovenia y Suiza.[5][6] No existe una definición legal para este umbral, por lo que se debe usar el sentido común y la jurisprudencia existente.[7]

En lugar de la protección de los derechos de autor, los objetos utilitarios generalmente están protegidos por patentes de diseño, que, según la jurisdicción, puede limitar el uso comercial de las representaciones. Sin embargo, las patentes y los derechos de autor son áreas legales separadas, y las obras subidas a Commons solo deben ser libres con respecto a los derechos de autor. Por lo tanto, las patentes de este tipo no son motivo de preocupación para Commons.

Las fotografías de personas disfrazadas de personajes protegidos por derechos de autor pueden tener o no derechos de autor.[8] Véase Commons:Reglas de derechos de autor por tema#Disfraces y cosplay para más información. Estos deben decidirse caso por caso mediante la prueba de separabilidad.[2]

Texto

Está prohibido copiar texto de medios no libres como libros, artículos u obras similares con derechos de autor. Sin embargo, la información en sí misma no tiene derechos de autor, y eres libre de reescribirla en tus propias palabras. Se permiten citas si tienen un tamaño limitado y mencionan la fuente.

Sé que no puedo subir fotografías de arte protegido por derechos de autor (como pinturas y estatuas), pero ¿qué pasa con los juguetes? ¡Los juguetes no son arte!

Véase también: Category:Toys related deletion requests Aunque el alcance de los derechos de autor varía de un país a otro, es un error pensar que los derechos de autor se aplican únicamente al «arte». Los derechos de autor generalmente se aplican a una amplia diversidad de obras. Por ejemplo, en los Estados Unidos, donde se encuentran los servidores WMF, la protección de derechos de autor está disponible para «obras originales de autoría fijadas en cualquier medio de expresión tangible».[9] De hecho, los juguetes generalmente son originales (deben su origen a un autor), tienen autores (creadores humanos) y se fijan en un medio tangible (madera, tela, papel, etc.).

La pregunta, entonces, es si los juguetes deben ser tratados como vehículos y muebles: exentos de la protección de derechos de autor por ser objetos utilitarios. De hecho, algunos países, como Japón,[10] generalmente consideran que los juguetes son objetos utilitarios y, por lo tanto, no pueden acogerse al derecho de autor. Sin embargo, otros países, como los Estados Unidos, no consideran que los juguetes sean objetos utilitarios. En consecuencia, las pinturas, estatuas y juguetes son obras sujetas a derechos de autor cuyas fotografías requerirían permiso del creador original para ser alojadas en Commons. Así como no puedes subir fotos de una escultura de Picasso, tampoco puedes subir fotos de figuras de Mickey Mouse pos-1928 o Pokémon.

El fundamento jurídico en los Estados Unidos se ha establecido en numerosos casos. En el caso «Gay Toys, Inc. versus Buddy L Corporation», por ejemplo, se concluyó que «un avión de juguete está hecho para ser jugado y disfrutado, pero una pintura de un avión, que tiene derechos de autor, está hecho para ser observada y disfrutada. Aparte de representar un avión real, un avión de juguete, al igual que una pintura, no tiene una función utilitaria intrínseca».[11] Fallos adicionales han determinado, por ejemplo, que «ya no es objeto de controversia que estatuas o modelos de animales o muñecos tengan derecho a protección de derechos de autor»[12] y «No hay duda de que los animales de peluche tienen derecho a protección de derechos de autor».[13]

De manera similar, se ha determinado que la ropa de muñecas está sujeta a derechos de autor en Estados Unidos debido a que no tiene una función utilitaria de brindar protección contra los elementos o preservar la modestia de la manera que lo hace la ropa para humanos (esta última es un «artículo útil»).[2] Numerosos juicios han demostrado que Mickey Mouse o Astérix deben ser tratados como obras de arte, lo que significa que están sujetos a derechos de autor, mientras que una cuchara común o una mesa no son obras de arte. Los elementos artísticos de estos objetos podrían tener derechos de autor, pero sólo si son separables de los elementos utilitarios.[14] Algunos juguetes también son demasiado simples para alcanzar el umbral de originalidad, por ejemplo, el juguete para perros de Kong.[15] «Un modelo de juguete que sea una réplica exacta de un automóvil, avión, tren u otro artículo útil al que no se le haya agregado ninguna expresión creativa al diseño existente» no es elegible para la protección de derechos de autor en los Estados Unidos.[16]

En otros casos, puede ser necesaria la prueba de «separabilidad» (véase Star Athletica, LLC v. Varsity Brands, Inc.). Un consenso en Commons ha considerado que las muñecas sexuales son susceptibles de derechos de autor, ya que sus elementos de diseño son separables de su función utilitaria.

Al subir una imagen de un juguete, debes demostrar que el juguete es de dominio público tanto en los Estados Unidos como en el país de origen del juguete. En los Estados Unidos, se otorgan derechos de autor a los juguetes incluso si el juguete no es elegible para derechos de autor en el país de origen.[17]

¡Pero Wikimedia Commons no es comercial! ¿Qué pasa con el uso justo?

Wikimedia Commons no es un proyecto comercial, pero el alcance del proyecto requiere que cada archivo tenga una licencia para una posible reutilización comercial y esté libre de derechos de autor de terceros. El uso justo no está permitido en Commons. El «uso justo» es una excepción legal difícil que existe sólo para imágenes que se utilizan en un contexto limitado determinado; nunca es aplicable a bases de datos completas de material protegido por derechos de autor.

Entonces, ¿cómo se pueden ilustrar temas como Star Wars o Pokémon sin imágenes?

Es cierto que puede resultar difícil o incluso imposible ilustrar dichos artículos. Sin embargo, los artículos aún se pueden escribir. Su falta de ilustraciones no afectará la vitalidad de los proyectos de Wikimedia, y hay muchos temas con oportunidades para crear ilustraciones que no violen los derechos de autor de terceros. Ni siquiera tu propio dibujo de Pikachu puede publicarse bajo una licencia libre.

Algunos proyectos de Wikimedia permiten subir localmente obras que no son libres (incluidas obras derivadas de obras que no son libres) según las disposiciones de uso justo. Las situaciones en las que esto está permitido son estrictamente limitadas. Es vital consultar las políticas y convenciones del proyecto en cuestión antes de intentar invocar reclamaciones de uso justo.

¿Qué pasa con las imágenes de personajes con derechos de autor en obras de dominio público?

A veces, obras individuales que presentan personajes protegidos por derechos de autor (como Winnie the Pooh, Mickey Mouse o Sherlock Holmes) pasan al dominio público. Sólo los aspectos del personaje que aparecen en la obra de dominio público pueden usarse para crear una nueva obra derivada. Aún están protegidos aspectos del personaje que aparecen en obras bajo un derecho de autor activo. Por ejemplo, en el caso Warner Bros. v. AVELA, un cartel promocional de la película El Mago de Oz nunca tuvo derechos de autor. Una empresa de camisetas combinó las imágenes de dominio público del cartel con eslóganes de la película de 1939 que todavía estaba bajo derechos de autor activos. El tribunal dictaminó que sólo las imágenes eran de dominio público y que combinarlas con los eslóganes protegidos por derechos de autor creó una nueva obra que infringía los derechos de autor activos de Warner Bros. sobre la película.[18] Véase también: Commons:Deletion requests/File:"Appreciate America. Come On Gang. All Out for Uncle Sam" (Mickey Mouse)" - NARA - 513869.tif para sentencias judiciales adicionales. Las representaciones derivadas de personajes están protegidas por la ley de derechos de autor en los Estados Unidos hasta que el trabajo original que creó el personaje ya no tenga derechos de autor.[18] Esta protección es independiente de la protección de marcas registradas. Consulta Commons:Character copyrights para obtener información sobre el estado de los derechos de autor de personajes específicos.

¡Nunca he oído hablar de esto! ¿No será alguna interpretación creativa?

En realidad, no. Tampoco se pueden subir fotografías de, por ejemplo, estatuas o pinturas de arte moderno, y la gente lo acepta. Si aceptamos el estándar legal de que las figuras de cómic y de acción pueden considerarse arte y, por lo tanto, tienen derechos de autor, aquí simplemente estamos aplicando la regla estándar.

Casos

Véase también: Commons:Reglas de derechos de autor por tema.

¿Cómo afecta todo esto a los criterios sobre qué imágenes son permisibles en Commons?

  • Figuras de cómic y figuras de acción: No se permiten fotografías, dibujos, pinturas ni ninguna otra copia/obra derivada de estos (siempre que la obra original no sea de dominio público). No se permiten fotografías de artículos que deriven de figuras protegidas por derechos de autor, como muñecos, figuras de acción, camisetas, bolsos impresos, ceniceros, etc.
  • Pinturas con marcos: las pinturas que son de dominio público generalmente están permitidas (véase Commons:Licencias). Los marcos son objetos tridimensionales, por lo que la fotografía puede tener derechos de autor. Recuerda: siempre que puedas, proporciona el nombre del creador original, la fecha de nacimiento y muerte y la hora de creación. Si no lo sabes, proporciona tanta información del origen como sea posible (enlace a la fuente, lugar de publicación, etc.). Otros voluntarios deben poder verificar el estado de los derechos de autor. Además, los derechos morales del creador original, que incluyen el derecho a ser nombrado autor, son perpetuos en algunos países. En cualquier caso, necesitas permiso del autor para crear una obra derivada. Sin dicho permiso, cualquier arte que crees basándote en su obra se considera legalmente una copia sin licencia propiedad del autor original (y no se permite subirla de otro sitio web sin su permiso).
  • Pinturas rupestres: las paredes de las cuevas no suelen ser planas, sino tridimensionales. Lo mismo ocurre con los jarrones antiguos y otras superficies irregulares o rugosas. Esto podría significar que las fotografías de dichos lugares u objetos pueden tener derechos de autor, incluso si la pintura rupestre está en dominio público (¡Estamos buscando estudios de casos!). Los frescos antiguos y otras pinturas sobre superficies planas de dominio público deberían estar bien, siempre que se reproduzcan como obras de arte bidimensionales.
  • Fotografías de edificios y obras de arte en espacios públicos: son obras derivadas, pero pueden estar bien si la obra de arte está instalada permanentemente (lo que significa que está ahí para quedarse, no para ser retirada después de un cierto tiempo) y, en algunos casos países, si te encuentras en un lugar público mientras tomas la fotografía. Consulta Commons:Libertad de panorama para saber si tu país tiene una política liberal sobre esta excepción y puedas aprender más sobre la libertad de panorama. Ten en cuenta que en la mayoría de los países, la libertad de panorama no cubre obras de arte bidimensionales como los murales.
  • Réplicas de obras de arte: Las réplicas exactas (incluso las de mala calidad) de obras de dominio público, como los recuerdos turísticos de la Venus de Milo, no pueden atraer ningún nuevo derecho de autor porque no tienen la originalidad requerida. Por lo tanto, las fotografías de dichos elementos pueden tratarse como fotografías de la propia obra de arte.
  • Fotografías de objetos tridimensionales: están siempre protegidas por derechos de autor, incluso si el objeto en sí es de dominio público. Si no tomaste la fotografía tu mismo, necesitarás el permiso del propietario de los derechos de autor de la fotografía (a menos, por supuesto, que la fotografía en sí sea de dominio público).
  • Imágenes de personajes/objetos/escenas de libros: sujetas a cualquier derecho de autor sobre el libro en sí. No puedes crear y distribuir libremente un dibujo de Albus Dumbledore, como tampoco podrías distribuir tu propia película de Harry Potter. En cualquier caso, necesitas permiso del autor para crear una obra derivada. Sin dicho permiso, cualquier arte que crees basándote en su obra se considera legalmente una copia sin licencia propiedad del autor original.
  • Fan art: Véase Commons:Fan art

Etiquetado de obras derivadas no libres

Si te encuentras con obras derivadas de obras no libres en Commons, etiquétalas con {{SD|F3}} para su borrado rápido.

Obras derivadas de obras libres

En general, se suelen permitir obras derivadas de obras libres (como las descritas en Commons:Collages, pero también cualquier obra relacionada que la modifique). Sin embargo, se deben utilizar licencias compatibles. Para licencias Creative Commons, consulta las licencias compatibles (en inglés):

  • Las adaptaciones de obras licenciadas bajo CC BY-SA versión 2 o superior se pueden volver a licenciar bajo la misma versión o superior de CC BY-SA (por ejemplo, una obra derivada de una obra CC BY-SA 3 podría ser 3, 4 o ambas).
  • Las adaptaciones de obras licenciadas bajo CC BY-SA versión 1 deben volver a licenciarse bajo CC BY-SA 1.
  • Las adaptaciones de obras licenciadas bajo CC BY pueden usar la versión original o versiones posteriores de CC BY, o incluirse en CC BY-SA (consulta «¿Puedo incluir una obra con licencia CC BY en un artículo de Wikipedia aunque utilicen una licencia CC BY-SA?» (en inglés))
  • Si estás creando una obra derivada de algo que tu mismo creaste, puedes simplificar esto otorgando múltiples licencias a tu obra original. Por ejemplo, si tu obra original tenía una licencia CC de la versión 1, puedes agregarle directamente una licencia de la versión 4, lo que simplifica enormemente las cosas.
  • Adaptar material de dominio público o CC0 significa que tienes total libertad para elegir una licencia para una obra derivada.

Véase también

Referencias

  1. U.S. Copyright Act of 1976, Section 101. Retrieved on 2019-04-17.
  2. a b Pearlman, Rachel (2012-09-17). IP Frontiers: From planes to dolls: Copyright challenges in the toy industry. NY Daily Record. Retrieved on 2014-06-21.
  3. Weinberg, Michael (January 2013). What's the Deal with Copyright and 3D Printing? 9. Public Knowledge. Retrieved on 2016-09-22.
  4. Weinberg, Michael (January 2013). What's the Deal with Copyright and 3D Printing? 13. Public Knowledge. Retrieved on 2016-09-22.
  5. a b Summary Report: The Interplay Between Design and Copyright Protection for Industrial Products 4–5. AIPPI.
  6. VSL0069492. Retrieved on 29 October 2013.
  7. Compendium II: Copyright Office Practices - Chapter 500. University of New Hampshire School of Law.
  8. Commons:Deletion requests/Images of costumes tagged as copyvios by AnimeFan#Comment by Mike Godwin
  9. 17 U.S. Code § 102. Subject matter of copyright: In general. Retrieved on 2019-04-17.
  10. "Farby" doll is judged not to be a work of art. Sendai High Court (9 July 2002). Retrieved on 2019-04-17.
  11. (Gay Toys, Inc. v. Buddy L Corporation, 703 F.2d 970 (6th Cir. 1983)
  12. Blazon, Inc. v. DeLuxe Game Corp., 268 F. Supp. 416 (S.D.N.Y. 1965)
  13. R. Dakin & Co. v. A & L Novelty Co., Inc., 444 F. Supp. 1080, 1083-84 (E.D.N.Y. 1978)
  14. [1] Public domain maps]. Public Domain Sherpa. Retrieved on 2019-04-17.
  15. Kong Design (20 September 213). Retrieved on 2019-04-17.
  16. Compendium III § 313.4(A)
  17. HASBRO BRADLEY, INC. v. SPARKLE TOYS, INC., 780 F.2d 189 (2nd Cir. 1985).
  18. a b Warner Bros. v. AVELA (2011).

Enlaces externos

Estudios de caso (en inglés)
Otros sitios útiles (en inglés)